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ORDEN de 5 de febrero de 2014, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se declara la utilidad pública en concreto de la línea aero-subterranea a 20 kV a nuevo CT y medida para alimentación a SSAA de la SE Generación Valdeconejos desde el apoyo 2 de la LAMT de 20 kV alimentación al tunel de Sant Just.

Publicado el 27/03/2014 (Nº 61)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

Visto el expediente incoado en el Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel, a petición de Gamesa Energía, S.A., con domicilio en c/ Ramirez Arellano 37, 28043 Madrid, solicitando la declaración en concreto de la utilidad pública para Línea aero-subterranea a 20 kV a nuevo CT y medida para alimentación a SSAA de la SE Generación Valdeconejos desde el apoyo 2 de la LAMT alimentación al tunel de Sant Just (expte. AT 34.457), y de acuerdo con la disposición transitoria segunda de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Visto el informe del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel, de fecha 27 de enero de 2014, que señala que se consideran justificadas las razones que motivan la solicitud de 18 de diciembre de 2012, formulada por la empresa Gamesa Energía, S.A. y resulta favorable a la misma.

Resultando que la Resolución de fecha 23 de enero de 2014, del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel, otorga la autorización administrativa y la aprobación de proyecto de ejecución a la instalación "Línea aero-subterranea a 20 kV al nuevo CT y medida para alimentación a SSAA de la SE Generación Valdeconejos desde el apoyo 2 de la LAMT alimentación al tunel de Sant Just (Expte AT 34.457) ".

Resultando que tramitado el expediente de conformidad con el capítulo V del título VII del Real Decreto 1955/2000, arriba citado, y abierto el trámite de información pública a los afectados por el trazado de la línea, no se formulan alegaciones.

Resultando que la valoración de los perjuicios de la instalación se realiza mediante la determinación del justo precio, regulado en la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa y demás legislación concordante.

Considerando que el apartado 1 del artículo 140 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, establece que "De acuerdo con el artículo 52.1 de la nueva Ley del Sector Eléctrico, se declaran de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso".

Considerando la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación concordante.

Por cuanto antecede, en el ejercicio de las competencias de ordenación y gestión en materia de energética que me atribuye el Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación, acuerdo:

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica cuyas características son:

Denominación: Línea aero-subterranea a 20 kV a nuevo CT y medida para alimentación a SSAA de la SE Generación Valdeconejos desde el apoyo 2 de la LAMT alimentación al tunel de Sant Just Expte (AT 34.457), pasando a formar parte de la instalación SE Generación Valdeconejos (Expte 4/12).

Titular: Gamesa Energía, S.A.

Domicilio del titular: C/ Ramirez Arellano 37, 28043 Madrid.

Emplazamiento de la instalación: Escucha (Teruel).

Características técnicas:

Línea aero-subterranea a 20 kV a nuevo CT y medida para alimentación a SSAA de la SE Generación Valdeconejos desde el apoyo 2 de la LAMT alimentación al tunel de Sant Just Expte AT 34.457.

Longitud: aérea 20 m y subterránea 2788 m.

Origen: el apoyo 2 de la LAMT alimentación al tunel de Sant Just.

Final: Centro de transformación Servicios Auxiliares SE Generación Valdeconejos.

Tensión nominal 20 kV.

Potencia de transporte 160 kVA.

Conductor LA-56 y RHZ1 3x1x240 mm² Al 12/20 kV.

Apoyos metálicos de celosia.

Finalidad: Suministro eléctrico SSAA SE Generación Valdeconejos. Expte. AT 4/12 de (Modificación pos La Torrecilla de la SET Valdeconejos Expte. AT 37.963) para conexión de varios parques eólico la Loma, la Torrecilla y otros.

Presupuesto: 264.356,84 euros.

De acuerdo con el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, la declaración de utilidad pública lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa. Igualmente lleva implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

Notifíquese a los interesados y publíquese en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados a partir al de su notificación al interesado, conforme al artículo 10 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, también contado a partir de la notificación de la presente orden, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 5 de febrero de 2014.- El Consejero de Industria e Innovación, Arturo Aliaga López.